¿De qué manera podrían influir las nuevas interpretaciones en la aplicación actual del PPWR?
El 1 de agosto de 2026, la Comisión Europea publicó la segunda edición de sus «Preguntas frecuentes» relativas al Reglamento sobre envases y residuos de envases. A solo once días de la entrada en vigor del Reglamento sobre envases y residuos de envases, prevista para el 12 de agosto de 2026, las empresas reciben así una actualización completa que incluye nuevas interpretaciones de las definiciones y de las obligaciones fundamentales.
¿Qué hay de nuevo? Datos y cifras
El documento en cifras:
- 2.ª edición de las preguntas frecuentes
- Solo quedan 11 días para que finalice el plazo de presentación de solicitudes para el PPWR
- 69 páginas divididas en 20 capítulos,
- más de 30 entradas nuevas o profundamente revisadas, así como
- 1. Un capítulo XVI completamente nuevo, dedicado a la aplicación.
La Comisión publica directrices nuevas o ampliadas sobre los siguientes temas:
- Etiquetado y trazabilidad de los envases,
- Ejecución después del 12 de agosto de 2026,
- Obligaciones relativas a los embalajes de transporte,
- las instrucciones del fabricante,
- sustancias que suscitan preocupación con arreglo al artículo 5,
- Etiquetado del embalaje y
- la gestión de los embalajes y de los productos que ya se encuentran en el almacén.
Algunas de estas aclaraciones podrían tener un impacto directo en las decisiones de aplicación ya adoptadas por las empresas.
Punto clave 1: ¿Quién es el fabricante de embalajes para el transporte?
La novedad más importante se refiere al papel del fabricante en el sector de los embalajes de transporte.
Según la nueva interpretación de la Comisión, se entiende por fabricante de embalajes de transporte, en principio, la empresa que fabrica el embalaje en su forma definitiva.
Esto podría significar que los proveedores de determinados embalajes de transporte o materiales de embalaje tendrán que asumir, en el marco de la Directiva PPWR, una responsabilidad mayor que la prevista hasta ahora.
La cuestión resulta especialmente controvertida en el caso de los materiales de embalaje que adquieren su forma definitiva solo durante su uso, como, por ejemplo, el film retráctil, los materiales de recubrimiento o los embalajes flexibles similares.
La postura de la Comisión no parece coincidir plenamente con la interpretación ofrecida hasta ahora por el Registro Europeo de Embalajes (EUNR) y por el organismo alemán Zentralstelle Verpackungsregister. En sus directrices anteriores se afirmaba que determinados materiales se consideran envases únicamente cuando adquieren su forma definitiva de envase, una vez rellenados o ensamblados.
Por lo tanto, esta interpretación actualizada podría suponer un traspaso considerable de responsabilidad de los titulares de las marcas, los embotelladores o los usuarios de envases a los proveedores de envases y a los fabricantes de materiales.
Tema 2: Artículo 5 y sustancias que suscitan preocupación
Las preguntas frecuentes actualizadas contienen, además, indicaciones adicionales sobre el cumplimiento del artículo 5, relativo a las sustancias potencialmente peligrosas presentes en los envases.
La Comisión hace referencia a las normas y los informes técnicos existentes, sobre cuya base los fabricantes pueden demostrar que cumplen con la obligación de reducir al mínimo las sustancias potencialmente peligrosas y de respetar los valores límite relativos a las concentraciones de metales pesados.
Esto ofrece a las empresas un enfoque más orientado a la práctica a la hora de organizar su auditoría de cumplimiento.
Sin embargo, esto también pone de relieve lo importante que es obtener información fiable sobre los proveedores y la documentación correspondiente.
Los fabricantes deberían poder demostrar lo siguiente:
- qué materiales y sustancias contiene el embalaje,
- ¿Qué declaraciones del proveedor o informes de ensayo hay disponibles?,
- ¿cómo se ha evaluado el requisito de minimización?, y
- ¿Cómo se ha documentado el cumplimiento de los límites de concentración vigentes?
Para muchas empresas, el mayor reto a la hora de aplicar la normativa no será el umbral establecido por la ley en sí, sino la disponibilidad y la calidad de la información a lo largo de toda la cadena de suministro.
Las preguntas frecuentes actualizadas aumentan, por tanto, la presión sobre los proveedores para que presenten documentación completa y útil.
Tema 3: Etiquetado e identificación de los envases
La segunda edición incluye, además, directrices adicionales relativas a la identificación y la trazabilidad de los envases.
El embalaje debe estar marcado de tal forma que permita su identificación con la correspondiente declaración de conformidad y la documentación técnica.
En la práctica, para ello suele ser necesario un número de tipo, de lote, de serie u otro número identificativo.
La Comisión destaca que, en muchos casos, puede ser suficiente el etiquetado a nivel de lote. El etiquetado individual de cada envase podría no ser siempre necesario, siempre que el envase pueda vincularse claramente a la documentación de conformidad correspondiente.
Esto es importante para las empresas que, hasta ahora, no tenían claro si cada uno de los componentes del embalaje debía llevar un número único.
En las directrices actualizadas se confirma, además, que el cumplimiento de otras normas de etiquetado específicas del sector, como por ejemplo la normativa en materia de alimentos, no cumple automáticamente los requisitos de identificación previstos por la PPWR.
Por lo tanto, las empresas deben comprobar si las etiquetas de los envases y la documentación adjunta que utilizan actualmente contienen toda la información exigida por la PPWR.
¿Qué implicaciones tiene esto para las existencias actuales?
Las nuevas preguntas frecuentes ofrecen algunas facilidades prácticas en relación con los envases fabricados antes del 12 de agosto de 2026.
Por regla general, las existencias de embalajes no deben destruirse ni reetiquetarse únicamente por la entrada en vigor del PPWR.
En determinados casos, la ausencia de marcas o indicaciones del fabricante puede subsanarse mediante la documentación adjunta.
No obstante, se espera que las empresas sigan haciendo todo lo posible por obtener o reconstruir la documentación de conformidad necesaria, incluso en caso de que ya no sea posible localizar al proveedor original.
Esto significa que no se deben descuidar las existencias actuales. Las empresas deben identificar qué envases se fabricaron antes de la fecha de referencia y documentar cómo se gestionarán.
Repercusiones para el 12 de agosto de 2026
Las preguntas frecuentes actualizadas podrían tener un impacto significativo en la forma en que las empresas distribuyen las responsabilidades dentro de sus cadenas de suministro.
En concreto, un mayor número de proveedores podría considerarse equivalente a los fabricantes y, por lo tanto, podría verse obligado a asumir obligaciones que, hasta ahora, muchas empresas consideraban que recaían sobre el titular de la marca, el embotellador o el usuario del envase.
Entre ellas pueden figurar las siguientes funciones:
- Evaluación de la conformidad,
- documentación técnica,
- la declaración de conformidad de la UE,
- Etiquetado del embalaje,
- La documentación facilitada por los proveedores, así como
- Comunicación con importadores y distribuidores.
En el caso de algunos materiales de embalaje, esto podría suponer una transferencia considerable de responsabilidad del titular de la marca al proveedor del embalaje o del material.
Al mismo tiempo, la Comisión subraya que, a partir del 12 de agosto de 2026, la aplicación de las normas debería, en principio, basarse en un enfoque proporcionado y cooperativo.
No debe darse por sentado que los envases que no cumplan la normativa vayan a quedar automáticamente prohibidos en todos los casos inmediatamente después de la fecha de referencia. Las autoridades pueden, en primer lugar, exigir la adopción de medidas correctoras y conceder a las empresas el tiempo necesario para subsanar las deficiencias detectadas.
Esto no debe interpretarse erróneamente como un aplazamiento de las obligaciones previstas en el PPWR. Las empresas deben seguir demostrando que se han preparado activamente para cumplir la normativa y que están subsanando las deficiencias restantes.
¿Qué deberían comprobar ahora las empresas?
Las preguntas frecuentes actualizadas hacen que sea imprescindible realizar una nueva evaluación del papel y del envase.
Las empresas deberían comprobar lo siguiente:
- la clasificación de los distintos tipos de embalaje,
- la función del fabricante para cada embalaje y cada componente,
- las obligaciones de los proveedores de envases,
- el tratamiento de los embalajes de transporte y de los materiales de embalaje,
- las pruebas disponibles con arreglo al artículo 5,
- Etiquetado y trazabilidad de los envases,
- Documentación sobre las existencias disponibles, así como
- la definición de las responsabilidades en los contratos con los proveedores.
Es poco probable que una evaluación general a nivel de la empresa resulte suficiente.
Una misma empresa puede actuar como fabricante de un tipo de embalaje, como distribuidor de otro y como importador o fabricante de un tercero.
Por lo tanto, solo es posible obtener una visión clara mediante un análisis detallado de la gama de envases y del papel que desempeña la empresa en la cadena de suministro, tanto en lo que respecta a los envases como a los componentes.
Conclusión
La segunda edición de las preguntas frecuentes sobre el PPWR de la Comisión se publica en un momento especialmente delicado del proceso de aplicación.
Ofrece indicaciones útiles en diversos ámbitos, pero también introduce nuevas interpretaciones que podrían llevar a las empresas a replantearse decisiones que ya se consideraban definitivas.
Las repercusiones más importantes se refieren al papel de los fabricantes, en particular en el sector de los embalajes para el transporte y de los materiales de embalaje.
Dado que se acerca la fecha límite, las empresas no deberían volver a empezar desde cero todo el proceso de adaptación. No obstante, deberían identificar qué partes de su procedimiento actual se ven afectadas por las nuevas directrices y en qué ámbitos podría ser necesario adaptar las responsabilidades de los proveedores, la documentación o el etiquetado de los envases.
A una semana de la entrada en vigor de la PPWR, es más importante que nunca aclarar las funciones y competencias en materia de envases.





