Las empresas establecidas en la UE que comercialicen en otro Estado miembro menos de una tonelada de envases podrían quedar exentas, hasta 2032, de la obligación de designar un representante local para la responsabilidad ampliada del productor (RAP). No obstante, seguirán vigentes las obligaciones de registro, presentación de informes y financiación.
La Unión Europea da un paso más hacia la simplificación de los requisitos relativos a la responsabilidad ampliada del productor (EPR) en el marco del Reglamento sobre envases y residuos de envases (PPWR).
El 21 de octubre de 2026, el Consejo de la Unión Europea acordó su posición negociadora, según la cual se suspenderá temporalmente la obligación de que determinados fabricantes de envases designen a un representante autorizado en otros Estados miembros de la UE.
Si se aprobara la propuesta, podría reducir considerablemente los costes administrativos para las empresas que venden productos envasados a nivel transfronterizo, en particular para las pequeñas empresas y los comerciantes en línea.
No obstante, la excepción propuesta es limitada. Eliminaría un requisito administrativo, pero no las obligaciones subyacentes en materia de responsabilidad ampliada del productor (RAPP). Las empresas deberían seguir conociendo sus responsabilidades en cada mercado nacional.
¿Qué propone exactamente la UE?
De conformidad con el artículo 45, apartado 3, de la Directiva PPWR, los fabricantes establecidos en un Estado miembro de la UE que pongan a disposición de los consumidores finales, directamente en otro Estado miembro, envases o productos envasados, deberán designar en dicho país a un representante autorizado a efectos de la responsabilidad ampliada del fabricante.
El Consejo propone suspender temporalmente dicha obligación en las siguientes condiciones:
- Menos de una tonelada de envases al año: el fabricante debe suministrar menos de 1.000 kg de envases en el Estado miembro en cuestión a lo largo de un año natural.
- Sede en la UE: la excepción se aplicaría a los productores con sede en un Estado miembro de la UE y que operan en otro Estado miembro.
- Verificación específica por país: el umbral se calcularía por separado para cada Estado miembro de destino.
- Medida de flexibilización temporal hasta 2032: la suspensión sería válida hasta el 1 de enero de 2032, sin perjuicio del acuerdo definitivo que se alcance en el marco del proceso legislativo.
- No hay restricciones en función del tamaño de la empresa: a diferencia del enfoque orientado a las pymes adoptado por el Parlamento Europeo, la propuesta del Consejo no basaría la elegibilidad en el tamaño de la empresa, sino en el volumen de envases.
Importante: el límite de una tonelada se refiere al peso del embalaje —incluido el embalaje que contiene los productos— y no al peso de los propios productos.
¿Qué empresas se beneficiarían de ello?
La propuesta reviste especial importancia para las empresas con sede en la UE que realizan ventas transfronterizas, entre las que se incluyen las empresas de comercio electrónico, las empresas manufactureras, los titulares de marcas y otras empresas que, a efectos de la PPWR, se consideran fabricantes.
El criterio determinante no sería el volumen de negocio de la empresa ni el número de empleados, sino la cantidad de envases puestos a disposición por primera vez en el Estado miembro correspondiente.
Ejemplos prácticos
| Contexto empresarial | Según la propuesta del Consejo, ¿sería necesario contar con un representante autorizado de EPR? |
| Pequeña tienda online alemana que cada año entrega 500 kg de embalajes a consumidores finales franceses | No – En Francia, esa denominación ya no sería obligatoria |
| El mismo distribuidor que cada año entrega 1.200 kg de envases a consumidores finales franceses | Sí: en Francia, la denominación seguiría siendo obligatoria |
| Gran empresa alemana que suministra cada año 800 kg de embalajes a consumidores finales franceses | No – En Francia, esa denominación ya no sería obligatoria |
Los ejemplos parten de la premisa de que las empresas entran en el ámbito de aplicación del artículo 45, apartado 3. La excepción propuesta aún no es ley vigente y todas las demás obligaciones aplicables en materia de responsabilidad ampliada del productor seguirían siendo válidas.
Para las empresas que venden en distintos mercados de la UE, esto podría hacer innecesario el nombramiento de varios representantes locales, reducir los costes administrativos recurrentes y simplificar los trámites transfronterizos.
Sin embargo, las empresas con sede fuera de la UE no se beneficiarían de dicha suspensión. Las disposiciones de la Directiva PPWR, según las cuales los Estados miembros pueden exigir a los fabricantes de terceros países que designen a un representante autorizado, se mantendrían sin cambios.
¿Qué cambiaría en cuanto al cumplimiento de la normativa EPR?
La excepción propuesta se refiere exclusivamente a la obligación de designar a un representante autorizado. No excluye la responsabilidad del fabricante en materia de responsabilidad ampliada del productor.
Las empresas deberían seguir cumpliendo los requisitos nacionales vigentes, entre los que se incluyen:
- Registro EPR: inscripción en el registro nacional de productores correspondiente, si fuera necesario.
- Notificación de los volúmenes de embalaje: registro y notificación de los volúmenes de embalaje y de la información sobre los materiales.
- Contribuciones financieras: pago de las tasas de responsabilidad ampliada del productor (EPR) correspondientes a la financiación de la gestión de los residuos de envases.
- Requisitos nacionales de conformidad: cumplimiento de las normas y procedimientos correspondientes en cada Estado miembro.
Además, existe una importante cláusula de salvaguardia: en caso de que una autoridad nacional competente compruebe que un fabricante que se beneficia de la exención no ha cumplido con sus obligaciones en materia de responsabilidad ampliada del fabricante (EPR), podrá exigir a dicho fabricante que designe a un representante autorizado.
El mensaje fundamental para las empresas: una menor carga administrativa no implica una menor responsabilidad.
Aunque la presencia de una representación local ya no es obligatoria, las empresas deben, no obstante, determinar su condición de fabricante, conocer los requisitos nacionales en materia de responsabilidad ampliada del productor (RAP) y gestionar datos fiables sobre los envases a efectos de registro, cálculo de tasas y presentación de informes.
¿Cuándo entrarán en vigor las modificaciones?
La propuesta ya ha avanzado considerablemente en el proceso legislativo de la UE, pero aún no es una ley en vigor (actualizado a 24 de octubre de 2026).
Resumen de las últimas novedades:
| Datos | Una etapa fundamental en el proceso legislativo |
| 20 de octubre de 2026 | El Parlamento Europeo aprueba su mandato para las negociaciones interinstitucionales |
| 21 de octubre de 2026 | El Comité de Representantes Permanentes (AStV/Coreper) alcanza un acuerdo sobre el mandato de negociación del Consejo |
| Próximo paso | Negociaciones entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre un texto definitivo |
| A raíz del acuerdo | Aprobación formal y publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea |
| Fecha de vencimiento prevista | 1 de enero de 2032 |
| Plazo de verificación | La Comisión Europea revisará la duración de la suspensión a más tardar el 31 de diciembre de 2030 |
Según el borrador del Consejo, el nuevo reglamento entraría en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El ámbito de aplicación definitivo, los requisitos y el calendario podrían sufrir modificaciones a lo largo de las negociaciones. Por lo tanto, las empresas no deberían dar por sentado que la exención propuesta ya está en vigor.
¿Es esto suficiente para simplificar la responsabilidad ampliada del fabricante (EPR) en toda Europa?
La propuesta reconoce un problema que viene de lejos: los requisitos en materia de responsabilidad ampliada del productor (EPR) en la UE siguen estando fragmentados, lo que supone cargas administrativas y costes adicionales para las empresas que operan en varios mercados.
La suspensión de determinados requisitos para los representantes autorizados supondría un paso positivo, sobre todo para las empresas con volúmenes de envases relativamente modestos en cada uno de los Estados miembros.
Sin embargo, el enfoque del Consejo presenta también una limitación sustancial: una empresa que comercialice 900 kg de envases en el mercado nacional podría beneficiarse de facilidades, mientras que una empresa con tan solo 100 kg más tendría que designar, en cualquier caso, a un representante autorizado. Esto crea un umbral arbitrario que, si bien puede reducir las cargas administrativas en el caso de cantidades muy reducidas de envases, ofrece, sin embargo, escaso alivio a otras empresas, incluidas las pymes. Por lo tanto, el reto fundamental que plantean los requisitos nacionales fragmentados en materia de responsabilidad ampliada del productor (RAP) sigue sin resolverse.
El reto fundamental va más allá de la cuestión de los representantes autorizados. Los distintos sistemas nacionales de registro, los formatos de notificación, los plazos y las estructuras tarifarias siguen dificultando el cumplimiento de la responsabilidad ampliada del productor (EPR) a las empresas que operan a nivel transfronterizo.
Se prevé que la futura ley de la UE sobre economía circular (Circular Economy Act) regule una mayor armonización y simplificación de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor (EPR).
Hasta entonces, las empresas necesitarán procesos que tengan en cuenta tanto las diferencias nacionales como los continuos cambios normativos.
En cuanto al enfoque del Parlamento Europeo, centrado en las pequeñas empresas, os invitamos a leer nuestro artículo anterior sobre la propuesta del Parlamento relativa a las pymes.
¿Qué deberían hacer ahora las empresas?
En lugar de esperar a que se apruebe definitivamente la normativa, las empresas que comercializan productos envasados en distintos mercados de la UE deberían comprobar en qué medida les afecta la responsabilidad ampliada del productor (EPR) y prepararse para posibles cambios.
Las tareas prioritarias consisten en aclarar en qué casos se considera que una entidad es productora, determinar los volúmenes anuales de envases de cada país, verificar las obligaciones vigentes en materia de registro y representación, y desarrollar procesos fiables para la recopilación de datos y la presentación de informes.
Un enfoque estructurado ayuda a las empresas a detectar posibles excepciones, evitando así incumplimientos normativos y costes administrativos innecesarios.
¿De qué manera PackIntelX favorece el cumplimiento de la EPR?
Las normas simplificadas no eliminan las obligaciones relativas a la responsabilidad ampliada del productor (EPR). Las empresas que operan en varios mercados de la UE deben seguir asumiendo su responsabilidad como productores, gestionar los requisitos específicos de cada país y garantizar una correcta declaración de sus volúmenes de envases. PackIntelX ayuda a las empresas a gestionar esta complejidad, proporcionándoles asesoramiento normativo y gestión digital de la EPR.
Nuestros servicios incluyen:
- Asesoramiento y puesta en marcha del EPR: identificar las obligaciones de los fabricantes, definir los requisitos relativos al registro y a los representantes autorizados, y coordinar la puesta en marcha con los socios locales.
- Informes de EPR y gestión digital: estructurar los datos relativos a los envases, calcular las cuotas de EPR adeudadas, incluida la ecomodulación, y preparar las declaraciones específicas para cada país.
- Optimización de los costes y del cumplimiento normativo: garantizar una mayor transparencia en los costes de la responsabilidad ampliada del fabricante (EPR), reducir la carga de trabajo manual y adaptar los procesos a la normativa en constante evolución.
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Fuentes oficiales
- Consejo de la Unión Europea, Mandato de negociación, 21 de octubre de 2026, documento 14765/26, expediente interinstitucional 2025/0395 (COD).
- Consejo de la Unión Europea, Simplificación: el Consejo acuerda la posición negociadora para reducir las cargas burocráticas que recaen sobre los pequeños productores de envases, Comunicado de prensa 841/26, 21 de octubre de 2026.
- Parlamento Europeo, informe A10-0266/2026.
- Reglamento (UE) n.º 2025/40 relativo a los envases y los residuos de envases, artículo 45.



